|
Consideraciones Ambientales El PROTOCOLO DE KYOTO firmado el 10 de diciembre de 1997, y que entro en vigor el 16 de Febrero del año 2005, es el compromiso formal de los países participantes en la tercera conferencia de las partes de la convención sobre cambio climático (COP3) de reducir sus emisiones de gases con efecto invernadero para el año 2012. Contempla tres tipos de mecanismos de flexibilidad que permiten a los países del Anexo I cumplir con sus compromisos de reducción de Gases de efecto invernadero.
La necesidad de reducir los efectos contaminantes de la atmósfera terrestres están dadas porque desde principios de la década de los noventa el mundo ha estado presenciando reiteradas catástrofes climáticas que han causado la muerte de miles de personas, la destrucción de millones de viviendas, perturbaciones en las finanzas de compañías aseguradoras y han puesto a la comunidad científica y mundial en alerta máximo. Según investigaciones llevadas a cabo, existe una fuerte correlación entre la mayoría de los siniestros climáticos señalados y la emisión de gases de efecto invernadero, que produce el denominado cambio climático y recalentamiento global. La emisión de los gases efecto invernadero (dióxido de carbono, metano, óxido nitroso, hidrofluorocarbonos, perfluorocarbonos y hexafluoruro de azufre) si bien se inició con el desarrollo del hombre en el mundo, se manifiesta claramente a partir de la revolución industrial y se incrementó notoriamente como consecuencia del desarrollo económico de las principales potencias económicas durante el siglo XX. El efecto invernadero, provocado principalmente por la acumulación del dióxido de carbono en la atmósfera, conlleva un ascenso de la temperatura media del planeta y repercute negativamente en varios aspectos de la vida cotidiana de los cinco mil millones de personas que habitan nuestro planeta. Es así como se prevén 75 ascensos del nivel del mar causando la inundación de países e islas, cambios en la geografía de varias regiones y aparición de enfermedades en lugares antes exceptuados. A la situación descrita se arriba por la irracionalidad de haber considerado al aire gratuito, de libre acceso y de uso indiscriminado. Al ser de libre acceso, la necesidad de conservarlo careció de una expresión económica a través de un sistema de precios y de esta manera el beneficio de utilizarlo sin retribución quedó en el agente ejecutor y el costo recayó sobre toda la sociedad, quién sufre las consecuencias. De esta manera en 1992 durante la Cumbre de Río, los países acordaron la creación de la Convención Marco del Cambio Climático como plataforma para tomar medidas orientadas a resolver la problemática del calentamiento global, iniciando de esta manera una rueda de consultas interdisciplinarias y multilaterales permanentes. En Diciembre de 1997 durante la tercera reunión de las Conferencia de las Partes llevada a cabo en la ciudad de Kyoto-Japón, unos 10.000 delegados de más de 100 países asistieron a este evento de gran envergadura en el cual se llegó por consenso a la decisión de aprobar un Protocolo en virtud del cual los países industrializados se comprometían a reducir, para el período entre los años 2008- 2012, el total de sus emisiones de gases de efecto invernadero en por lo menos un 5% con relación a los niveles de 1990, confiando en que este compromiso vinculante produzca una reversión histórica de la tendencia ascendente de las emisiones. De esta forma, el PROTOCOLO DE KYOTO separa claramente entre aquellos países que, aceptando la responsabilidad que les compete, se comprometen en reducir las emisiones (llamados países del Anexo I) y aquellos con una responsabilidad muy limitada y casi ajenos a esta situación sin obligación de cumplir con reducciones de emisión y que son llamados países no Anexo I. El PROTOCOLO DE KYOTO consta de 28 artículos y entre las cuestiones que se puede relacionar con los proyectos de BIOCOMBUSTIBLES, puede destacarse el artículo 12 el cual describe la creación de un Mecanismo para el Desarrollo Limpio.
Mecanismo para un Desarrollo Limpio (MDL) El MDL se destaca por ser un instrumento que ayudará a los países industrializados a dar cumplimiento a los compromisos y metas de limitación y reducción de las emisiones contraídas en el PROTOCOLO DE KYOTO. En el marco de este mecanismo, las partes no incluidas en el anexo I (como es el caso de Perú) se beneficiarán de las actividades que tengan por resultado reducciones certificadas de las emisiones al recibir inversiones extranjeras y las 76 partes incluidas en el Anexo I podrán utilizar esas reducciones certificadas para contribuir al cumplimiento de una parte de sus compromisos. Los proyectos además de su principal objetivo que es ayudar a la mitigación del cambio climático, deben contribuir al desarrollo sustentable, las reducciones tienen que ser medibles y permanentes y los beneficios ambientales tienen que ser adicionales a lo que hubiera ocurrido en ausencia del proyecto. De esta manera, a través del MDL se expande el menú de inversiones y aumentan las tecnologías limpias en países "huéspedes" (host countries) de los proyectos. Estos últimos se quedan con las "inversiones limpiadoras", mientras que el inversor con los certificados de reducción de emisiones. Se contribuye así al crecimiento sustentable en países en vías de desarrollo.
Conclusiones: Los BIOCOMBUSTIBLES se presentan como una manera de captar inversores, elevar la rentabilidad de los proyectos y al mismo tiempo colaborar en lograr un desarrollo limpio y sustentable en el tiempo. Las naciones desarrolladas lograron prosperidad a costa de emitir indiscriminadamente y ahora les toca asumir el liderazgo de mitigación. Esta frase tan frecuentemente utilizada describe perfectamente la responsabilidad que le compete a cada parte. Con la firma del PROTOCOLO DE KYOTO, los países desarrollados dejaron asentado su responsabilidad hacia con el cambio climático y a través del MDL permiten que las naciones en desarrollo reciban beneficios directos del compromiso asumido. Versión Completa del PROTOCOLO DE KYOTO. |
|
|||||||||||||||||